Si tu matrimonio terminó por divorcio, viudez u otra razón y planeas casarte de nuevo, es importante que revises cómo podría cambiar tu Seguro Social. Todo depende del tipo de beneficio que recibas: podrías mantenerlo sin cambios, recibir un monto distinto o, en algunos casos, dejar de ser elegible. Por eso, antes de tomar una decisión o reportar cambios, conviene conocer los criterios que aplica la Administración del Seguro Social (SSA). A continuación, te explicamos los escenarios más comunes.
Mira también:

Jubilación, SSI, beneficios de sobreviviente o de exesposo: esto puede cambiar con un nuevo matrimonio (Foto: Magnific)
¿QUÉ PASA CON TUS BENEFICIOS DEL SEGURO SOCIAL SI TE CASAS DE NUEVO?
Volverte a casar puede afectar tus beneficios del Seguro Social, pero depende de qué tipo de pago recibes: jubilación propia, beneficio como exesposo(a), beneficio de sobreviviente o SSI. Casarte de nuevo no suele reducir los beneficios basados en tu propio historial laboral, pero sí puede cambiar o terminar los pagos vinculados al historial de una expareja, precisa el blog de la Seguridad Social.
LOS ESCENARIOS MÁS COMUNES
1. Si recibes jubilación propia
Si cobras beneficios de jubilación o incapacidad basados en tu propio historial de trabajo, volver a casarte normalmente no cambia el monto de ese beneficio.
También puedes llegar a ser elegible para recibir beneficios con base en el historial laboral de tu nuevo cónyuge si cumples los requisitos. En general, la SSA paga el beneficio más alto para el que seas elegible. Recuerda: no se cobran dos beneficios completos de jubilación a la vez.
2. Si cobras por un exesposo vivo
Si recibes beneficios como cónyuge divorciado(a) por el historial laboral de un exesposo que está vivo, generalmente esos pagos terminan cuando vuelves a casarte. Esto aplica sin importar tu edad al momento del nuevo matrimonio; por lo tanto, debes informar a la SSA de tu nueva unión para evitar recibir pagos indebidos.
Si el nuevo matrimonio termina después por divorcio, anulación o fallecimiento, podrías volver a reunir las condiciones para pedir beneficios sobre el historial del exesposo anterior, siempre que cumplas los demás requisitos de SSA, como la duración mínima del matrimonio anterior.
3. Si cobras como sobreviviente
Las reglas son distintas si cobras beneficios de sobreviviente por una pareja fallecida:
| Cuándo te casas nuevamente | Efecto habitual en el beneficio de sobreviviente |
|---|---|
| Antes de los 50 años | Generalmente no puedes recibir beneficios de sobreviviente mientras continúe el nuevo matrimonio, a menos que tu segundo matrimonio termine por divorcio o anulación. |
| Entre los 50 y 59 años | Podrías conservarlos si tienes una discapacidad y ya cumplías los requisitos como viudo(a) sobreviviente con discapacidad al casarte. |
| A los 60 años o después | Puedes conservar o solicitar beneficios de sobreviviente sobre el historial de tu cónyuge fallecido. |
| A los 50 años o después, con discapacidad | Puede no afectar la elegibilidad si cumplías los requisitos de discapacidad correspondientes. |
Si el nuevo matrimonio ocurre antes de los 60 años —o antes de los 50 si tienes una discapacidad—, el beneficio de sobreviviente puede suspenderse. Sin embargo, si ese matrimonio después termina por divorcio, anulación o fallecimiento, podrías volver a ser elegible.
4. Si recibes SSI
El Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI) se calcula según necesidad económica, por lo que el matrimonio puede cambiar el pago incluso si tu beneficio no está ligado a un excónyuge. La Administración del Seguro Social puede considerar parte de los ingresos y recursos de tu nuevo cónyuge al evaluar si sigues calificando y cuánto recibirás.
Debes informar el matrimonio a la SSA lo antes posible para que actualice tu caso y evitar sobrepagos, que luego podrían exigirte devolver. Puedes llamar al 1-800-772-1213.
5. Prestaciones para hijos (menores de 18 años o estudiantes a tiempo completo de 18 o 19 años)
En determinadas circunstancias, SSA puede realizar pagos a los hijastros de un trabajador que recibe prestaciones por jubilación o incapacidad. Conoce más haciendo clic aquí.
¿QUÉ HACER CUANDO VUELVES A CASARTE?
- Reporta el matrimonio a la SSA y conserva una copia del certificado matrimonial.
- Indica exactamente qué beneficio recibes: jubilación propia, incapacidad, beneficio de exesposo(a), sobreviviente o SSI.
- Pregunta si puedes recibir un monto mayor basado en el historial laboral de tu nuevo cónyuge.
- Antes de elegir qué solicitar, pide a la SSA que compare todas las opciones disponibles en tu caso.
- Si también recibes Medicare, Medicaid o asistencia estatal, confirma si el cambio de estado civil modifica tu elegibilidad.
Las reglas cambian según la edad, si la expareja vive o falleció, la duración de matrimonios anteriores, una posible discapacidad y tus ingresos. Para una respuesta individual, contacta a la SSA al 1-800-772-1213 o solicita una cita en una oficina local.

Si vuelves a casarte, tienes que reportar tu matrimonio a la SSA puede ayudarte a evitar sobrepagos y problemas futuros (Foto: AFP)

Periodista con más de 15 años de experiencia, redacto información de interés general para la población latina en Estados Unidos como inmigración, Seguro Social, economía y finanzas personales, salud, educación, vivienda, derechos civiles, clima, vida cotidiana, entre otros. Asimismo, escribo sobre series, películas, celebridades y cultura pop.
