La Dirección General de Tráfico (DGT) mantiene una vigilancia estricta en las carreteras españolas con el objetivo de erradicar el consumo de sustancias al volante. A través de su normativa oficial, el organismo detalla con precisión cuáles son los límites permitidos, las consecuencias económicas y administrativas de su incumplimiento, y los escenarios donde las infracciones pasan a convertirse en graves ilícitos penales.
En lo que respecta a la normativa vigente, la tasa general permitida es de 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado. Para los conductores profesionales y los noveles, el límite se reduce notablemente a 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire. La tolerancia es absolutamente cero (0,0 g/l y 0,0 mg/l) para los menores de edad, un colectivo sobre el que se aplica la máxima restricción.

El régimen de penalizaciones económicas y de pérdida de puntos varía según la gravedad del positivo detectado en el control. Superar los 0,25 mg/l y hasta los 0,50 mg/l en aire espirado conlleva una multa económica de 500 euros y la retirada automática de cuatro puntos del carné. Si la tasa medida supera los 0,50 mg/l, la cuantía económica asciende a 1.000 euros y se pierden seis puntos. Esta misma penalización de 1.000 euros se aplica directamente a los conductores reincidentes, perdiendo cuatro o seis puntos dependiendo de la tasa dada. Asimismo, dar positivo por presencia de drogas en el organismo se sanciona con una multa fija de 1.000 euros y la detracción de seis puntos.
El escenario se endurece de forma drástica cuando la infracción entra en la categoría de lo penal. Conducir con tasas superiores a 0,60 mg/l en aire o 1,2 g/l en sangre, o bajo la influencia de drogas, se tipifica como delito. Las penas contemplan prisión de tres a seis meses, multas de seis a 12 meses, o trabajos comunitarios, además de la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. Además, la DGT recuerda que la negativa a someterse a las pruebas reglamentarias de alcohol o drogas agrava la situación jurídica del conductor, acarreando penas de prisión de seis meses a un año y la retirada del carné por un período de hasta cuatro años.