Justicia
La CC dejó firme la libertad del periodista Jose Rubén Zamora al aceptar el desistimiento del MP de continuar con la apelación contra el amparo que restituyó sus medidas sustitutivas.


El periodista Jose Rubén Zamora camino a una audiencia judicial. (Foto Prensa Libre: Esbin García / Archivo)
La Corte de Constitucionalidad (CC) dejó firme la medida sustitutiva que permite al periodista Jose Rubén Zamora Marroquín permanecer en libertad, luego de aprobar el desistimiento del recurso de apelación presentado por el Ministerio Público (MP) contra la sentencia que le otorgó un amparo.
El recurso de apelación había sido promovido por el Ministerio Público cuando la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) estaba dirigida por Rafael Curruchiche. Sin embargo, la resolución conocida por la CC establece que el desistimiento fue presentado y posteriormente ratificado por el agente fiscal Mario Raúl Véliz Guzmán, quien actualmente está a cargo de la Unidad de Casos Especiales del Conflicto Armado Interno de la FECI.
Con esta decisión queda firme el amparo que permitió restablecer las medidas sustitutivas a favor de Zamora y concluye la impugnación constitucional promovida por el Ministerio Público contra esa resolución.
El expediente tiene su origen en la acción de amparo promovida por Zamora contra una resolución de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, que había revocado las medidas sustitutivas otorgadas por el Tribunal Noveno de Sentencia Penal.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) concedió el amparo el 20 de marzo del 2026, al considerar procedente dejar en suspenso la resolución impugnada y restituir al periodista a la situación jurídica anterior, con lo que recuperó las medidas sustitutivas otorgadas por el tribunal de primera instancia.
Inconforme con esa decisión, el Ministerio Público interpuso una apelación ante la Corte de Constitucionalidad, recurso que dio origen al expediente resuelto ahora por el máximo tribunal constitucional.
Durante la tramitación del caso, el Ministerio Público presentó un desistimiento total de la apelación. Posteriormente, la Corte de Constitucionalidad requirió que esa decisión fuera ratificada personalmente.
Al resolver el caso, los magistrados concluyeron que, conforme al artículo 75 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, procedía aprobar el desistimiento presentado por el Ministerio Público.
En consecuencia, la Corte resolvió:
- Aprobar el desistimiento total del recurso de apelación.
- Dejar firme la sentencia de amparo emitida por la Corte Suprema de Justicia.
- Establecer que dicha resolución produce plenos efectos legales para las partes.
- Determinar que el recurso desistido no podrá renovarse en el futuro.
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