El magistrado instructor del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha acordado alzar las órdenes de detención nacional que mantenía vigentes contra Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluis Puig. El magistrado ha dictado un auto inmediatamente después de conocer el fallo aprobado por el Pleno del Tribunal Constitucional, que este martes ha avalado la amnistía al delito de malversación.
El instructor de la causa del procés explica en su auto que, si bien aún no dispone del texto de la sentencia redactada por Cándido Conde-Pumpido, anticipa que "el pronunciamiento constitucional puede incidir en el fundamento de las órdenes de detención mantenidas por auto del 1 de julio de 2024".
En cualquier caso, Llarena aclara que "el alzamiento de las medidas no declara aplicable la amnistía, ni extingue la responsabilidad penal ni resuelve las restantes cuestiones pendientes". "Una vez conocido el texto íntegro de la sentencia, el instructor decidirá sin demora sobre la confirmación o modificación de la decisión que ahora se adopta", recoge el auto.
Fuentes cercanas al expresident Puigdemont señalan que el alzamiento de la orden de detención nacional no implicará su regreso inmediato. El líder de Junts no pisará España hasta que el Tribunal Supremo le aplique la amnistía y archive la causa que se dirige contra él.
La resolución dictada por Llarena es una respuesta directa a la sentencia dictada hoy por el Pleno del Tribunal Constitucional. Esta última resolución estima el recurso de amparo de la independentista Dolors Bassa contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiar su condena por la malversación del procés. La sentencia del Constitucional sienta la primera doctrina sobre la amnistía al delito de malversación, y por tanto tiene un efecto sobre la situación procesal de Puigdemont, imputado aún por este tipo delictivo.
La respuesta de Llarena no implica que el magistrado haya interpretado que la sentencia sobre Bassa obligue a amnistiar por extensión al expresident catalán. Será necesario conocer el texto íntegro aprobado por el Constitucional "para determinar su alcance respecto de Puigdemont, Comín y Puig", acota Llarena. Y añade que "el alzamiento de la orden de detención no es ejecución anticipada de la sentencia constitucional ni extensión automática de su fallo a quienes no fueron recurrentes, sino ejercicio de la facultad del juez para revisar de oficio medidas personales teniendo en cuenta la nueva situación y el derecho a la libertad reconocido por el artículo 17 de la Constitución".
El motivo que lleva a Llarena a alzar las órdenes de detención no es su convicción de que la sentencia de Bassa es aplicable a los encausados por el procés, pues se reserva esa intepretación para el momento en que haya podido leer el texto que este martes ha salido del Pleno del TC. El instructor se ve forzado a "ponderar" la nueva situación para no dar pie a una "privación de libertad que el examen de las sentencias revelase improcedente". Con lo cual, su decisión tiene un carácter "estrictamente transitorio".
En cualquier caso, el magistrado ha ordenado comunicar "de manera inmediata" su decisión "a la Policía Nacional, a la Guardia Civil, a los Mossos d'Esquadra y a las demás autoridades y órganos a los que se hubieran remitido las órdenes, disponiendo que se abstengan de ejecutar cualquier privación de libertad fundada en ellas y que confirmen la recepción de las comunicaciones y de su cumplimiento".