La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha suspendido cautelarmente la caza de nueve especies de aves silvestres, entre ellas la perdiz roja y la paloma bravía, en la Comunidad de Madrid para la presente temporada. Así consta en un auto dictado esta semana que responde al recurso interpuesto por la entidad SEO/ BirdLife contra la orden de la Consejería de Medio Ambiente que establece los períodos hábiles de caza para la temporada 2026-2027.

La suspensión dictada por la Justicia prohíbe abatir la becada, la codorniz común, la paloma zurita y la bravía, el zorzal alirrojo y el real, la corneja negra, la perdiz roja y la urraca. La medida estará vigente durante la veda general que acaba de comenzar este mes y que se extenderá hasta finales del próximo mes de enero, así como en los pasos tradicionales del 15 de octubre al 15 de noviembre de 2026. Sólo se exceptúan de la limitación las cacerías de sueltas autorizadas o comunicadas y las que se celebren en cotos comerciales, en las que solo podrán abatirse los ejemplares soltados conforme a la especie y el número consignados en la correspondiente autorización.

La suspensión dictada por el TSJM viene motivada por una solicitud de SEO/ BirdLife que defiende el declive de los censos de las aves citadas silvestres y su situación desfavorable de conservación. La organización ecologista solicitó la adopción de medidas cautelares porque la captura de ejemplares durante la veda reduciría las poblaciones y su capacidad reproductora en temporadas posteriores sin que una eventual sentencia favorable a sus argumentos pudiera después reparar ese daño.

"Estamos hablando de especies claramente en declive o de las que no se tiene información suficiente", valora Mario Giménez, responsable del área de Conservación de SEO/ BirdLife, en un comunicado difundido por la organización. La entidad ha celebrado la resolución del TSJM porque considera que atiende "a la realidad del campo". El mismo texto informa de que han enviado una carta a la Consejería de Medio Ambiente solicitando que se informe con "carácter urgente" de la decisión judicial al colectivo de cazadores, a los agentes forestales, al Seprona y al resto de actores implicados en el sector con el fin de que estén enterados de la resolución y se garantice su cumplimiento.

El auto del TSJM no implica la suspensión de toda la actividad cinegética en la Comunidad de Madrid: esta se podrá practicar sobre las especies que quedan fuera de las medidas cautelares, siguiendo siempre los periodos hábiles de cada especie que constan establecidos en la orden de vedas aprobada por el Gobierno regional. Además, se trata de un procedimiento judicial en curso sobre cuyo fondo no se ha decidido. 

La Real Federación Española de Caza (RFEC) ya ha anunciado que pedirá formar parte del procedimiento judicial, una personación que también prevén formalizar la Federación Madrileña de Caza y la Fundación Artemisan. Algunas de estas organizaciones, además, han avanzado que van a presentar alegaciones para revertir la suspensión cautelar de captura de especies porque consideran que no existe el riesgo poblacional esgrimido por SEO/ BirdLife. También prevén alegar desde el Ejecutivo madrileño. "La RFEC considera que se trata de una decisión de extraordinaria gravedad, que genera una preocupante inseguridad jurídica y puede ocasionar perjuicios difícilmente reparables a miles de cazadores, sociedades y clubes deportivos, titulares de cotos y actividades económicas vinculadas al medio rural madrileño", han traslado desde la Federación en un comunicado.