
Leonor Mayor Ortega
27/10/2026 11:29 Actualizado 27/10/2026 12:07
Nuevo episodio en el complejo proceso judicial sobre el voto de los nacionalizados españoles a través de la llamada ley de nietos. El partido Iustitia Europa ha pedido al Tribunal Supremo que impida también que los hijos de los nuevos españoles nacionalizados a través de esta disposición voten en los comicios del próximo 29 de noviembre. Este partido solicita al Alto Tribunal medidas cautelarísimas para que suspenda el sufragio de estas personas hasta que se sepa “de qué progenitor deriva su nacionalidad”.
Iustitia Europa precisa en un escrito que ha presentado esta mañana que esta medida de suspensión debe mantenerse hasta que la Administración “complete su identificación individual, determine el progenitor del que deriva cada adquisición y precise la vía jurídica por la que éste obtuvo la nacionalidad española”. Además, propone que los votos emitidos no se anulen, sino que “deberán permanecer separados y bajo custodia, quedando suspendida su incorporación al escrutinio hasta que finalice la comprobación ordenada”.
El Tribunal Supremo ha pedido al Gobierno que identifique a 163.020 personas que se nacionalizaron a través de la instrucción de desarrollo de la Ley de Memoria Democrática para determinar si son realmente descendientes de exiliados del franquismo. Los consulados están realizando el listado de estos nietos para poder entregarlo mañana ante el Alto Tribunal. el plazo para librar esa documentación vence a las 15.00 horas del miércoles.
Pero en paralelo, ha surgido la posibilidad de que los hijos de las personas que se pudieron nacionalizar de forma irregular también hayan adquirido la nacionalidad española como hijos de españoles y sí puedan votar en las generales del 29 de noviembre. Eso es lo que Iustita Europa quiere evitar y en consecuencia ha pedido que estos hijos de los nietos también sean excluidos del censo hasta que se aclare si su proceso de nacionalización fue correcto o no.
El conflicto arrancó con la ley de Memoria Democrática que en su disposición adicional octava regulaba que los descendientes de exiliados del franquismo podían obtener la nacionalidad española. El Gobierno dictó después una instrucción por la que daba por hecho que todas las personas que se fueron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955 eran exiliados y, por tanto, no se exigía a sus descendientes pruebas de ese exilio para nacionalizarse. Vox y Iustitia Europa recurrieron esa instrucción al considerarla nula de pleno derecho por ir más allá de la ley.
El Supremo vio indicios de veracidad en esos recursos y suspendió la aplicación de la instrucción y, en consecuencia, el derecho al voto de los nacionalizados por esa vía para el próximo 29 de noviembre. Ahora, el Alto Tribunal quiere estudiar los expedientes de esos nietos para decidir si levanta o no la suspensión de su derecho al sufragio. Y tendrá también que determinar si los hijos de estos nuevos españoles son nacionales conforme a derecho.

Licenciada en Derecho (UB) y en Periodismo (URL). Graduada en Estudios Literarios (UB). Máster AGT (Esade). Redactora de Cultura de La Vanguardia