(BUENOS AIRES).- La FIFA reformó el artículo 17 de su Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores y puso bajo control las cláusulas de rescisión abusivas. La modificación permite revisar indemnizaciones pactadas cuando resulten desproporcionadas, pero no tiene efecto sobre contratos anteriores. Julián Álvarez mantiene así una cláusula de 500 millones de euros con el Atlético de Madrid: el cambio no la elimina ni modifica de manera automática.
El nuevo artículo 17 mantiene la posibilidad de fijar una indemnización en el contrato, pero introduce un control expreso de proporcionalidad. Si la suma es “excesivamente alta”, el Tribunal del Fútbol podrá reducirla; si resulta “manifiestamente injusta”, podrá dejarla sin efecto. Para calcularla se tendrán en cuenta el valor pendiente del vínculo, el salario que el jugador todavía debía cobrar, el costo de encontrar un reemplazo y los perjuicios estructurales de la salida.
Las nuevas reglas entrarán en vigor el 1 de enero de 2027 y el apartado 17.1 solo se aplicará a contratos firmados después de esa fecha. El vínculo de Julián Álvarez con el Atlético de Madrid es anterior, por lo que la reforma no se aplica de manera retroactiva a su situación. La RFEF comunicó oficialmente los cambios en España el 4 de septiembre.
El caso Lassana Diarra impulsó el proceso que derivó en la reforma. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea había cuestionado normas de la FIFA por restringir de manera desproporcionada la libertad de movimiento de los jugadores. Después de esa sentencia, la FIFA negoció con FIFPRO, los clubes europeos y las ligas hasta aprobar en junio de 2026 un marco que definió como “objetivo, transparente, no discriminatorio y proporcionado”, respaldado también por los representantes de los futbolistas.
El conflicto de Julián Álvarez quedó ligado al interés concreto del FC Barcelona y a la cláusula que el Atlético de Madrid utilizó como principal barrera ante una eventual salida. En el mercado de pases, los 500 millones de euros funcionaron como el monto que podía bloquear cualquier negociación directa entre los clubes. Koke y Marcos Llorente salieron públicamente en defensa del delantero y expresaron: “Hay que dejarle en paz”.
La alternativa que todavía puede analizar Julián Álvarez está en la Justicia española. El Real Decreto 1006/1985, que regula la relación laboral de los deportistas profesionales, reconoce en su artículo 16 la posibilidad de que un futbolista extinga unilateralmente su contrato y establece el derecho del club a recibir una indemnización. El delantero podría intentar impugnar la cláusula para que se evalúe si los 500 millones de euros guardan relación con el perjuicio real del Atlético de Madrid, aunque ese camino no garantiza una resolución favorable.
El antecedente de Iban Zubiaurre muestra que una cifra pactada no necesariamente se transforma en la compensación definitiva. La Real Sociedad reclamaba más de 30 millones de euros por la ruptura del vínculo del jugador, pero los tribunales fijaron la indemnización en 5 millones, una decisión que quedó firme tras llegar al Tribunal Supremo. El nuevo reglamento también mantiene la responsabilidad solidaria del club que induzca a un futbolista a incumplir y establece un plazo máximo de 45 días para resolver estos conflictos; además, conserva suspensiones de cuatro meses, ampliables a seis en circunstancias agravantes. Por eso, la reforma no salva hoy a Julián Álvarez de la cláusula, aunque le deja abierta una discusión judicial en España mientras el nuevo régimen comenzará a regir para los contratos firmados desde el 1 de enero de 2027.