El 21 de julio, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció que sancionó a la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura (Sprbun) y a cuatro personas naturales por restringir la libre competencia en el Puerto de Buenaventura, en el Valle del Cauca.
Mediante un comunicado, la SIC informó que, mediante la resolución 50585 del 3 de julio de 2026, sancionó a la sociedad portuaria por implementar un conjunto de prácticas que restringieron la libre competencia en la prestación de servicios de operación de carga contenerizada, carga general y carga a granel al interior del Puerto de Buenaventura entre 2013 y 2025.
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“Como resultado de la investigación, la entidad impuso las sanciones previstas en la ley y ordenó la adopción de medidas administrativas dirigidas a eliminar las conductas identificadas y restablecer condiciones efectivas de competencia en este mercado estratégico”, es parte del documento.

Sobre los detalles de la investigación, la SIC informó que se estableció que Sprbun aprovechó su doble condición de administradora de la infraestructura portuaria y compañía titular de la prestación de servicios de operación portuaria para favorecer sus propios servicios y limitar la capacidad de actuación de otros operadores en el puerto.
De acuerdo con la entidad, estas prácticas afectaron las condiciones de competencia en Buenaventura, perjudicando a los usuarios que contrataban el servicio de otras empresas por encima de los servicios ofrecidos por Sprbun.
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Estas son las actuaciones del Sprbun con las que, según la SIC, se conformó un sistema destinado a restringir la competencia en el puerto:
• Carga contenerizada: limitó la participación de otros operadores; asumió de manera exclusiva determinados servicios requeridos para las inspecciones de las autoridades competentes; restringió la realización de movimientos verticales por terceros y limitó el otorgamiento de autorizaciones indispensables para su operación.
• Carga general: otorgó beneficios comerciales, consistentes en días libres de almacenamiento, condicionados a la contratación de los mismos servicios de SPRBUN o de ZELSA, empresa vinculada a esta, y creó obstáculos para la nominación de operadores mediante el sistema informático del puerto.
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• Carga a granel: promovió condiciones favorables al principal operador independiente, entre ellas la realización de un proceso licitante cuya invitación incorporó una condición que propiciaba la terminación anticipada del concesionario saliente; impuso restricciones tecnológicas para el desarrollo de la operación y exigió el pesaje que generó costos adicionales sin justificación objetiva.
• Actuaciones transversales: asignó turnos de ingreso y salida de vehículos, programación de citas y aforos; otorgó ventajas competitivas a ZELSA y promovió modificaciones al contrato de concesión para incrementar su control sobre la operación portuaria.
Como consecuencia de los hechos señalados, la SIC impuso multas por más de 25.000 millones de pesos a la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura y cuatro personas naturales, cuya identidad aún se desconoce.
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Además, la entidad informó que ha impartido órdenes administrativas para eliminar las prácticas mencionadas y poder retirar por completo los obstáculos que han sido denunciados por otras empresas que laboran en el puerto.
“Estas medidas buscan garantizar que la administración de la infraestructura portuaria se ejerza de manera compatible con los principios de libre competencia y en beneficio de los usuarios del servicio”, informó la SIC.
Cabe mencionar que la decisión no está firme, y que las partes podrán presentar un recurso de reposición para que la decisión final sea tomada por el Despacho de la Superintendencia de Industria y Comercio. Desde la SIC pidieron que el despacho tenga en cuenta que, entre 2018 y 2021, cerca del 22% del comercio exterior colombiano transitó por el Puerto de Buenaventura, lo que evidencia la importancia de preservar mercados abiertos, transparentes y competitivos en este lugar.
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