Por Cartas al director11 SEPTIEMBRE 2026

06/06/2025 - JUZGADOS CIVILES - Foto - Mario Tellez / La Tercera MARIO TELLEZ
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SEÑOR DIRECTOR:

El anuncio del gobierno de reactivar la postergada Reforma Procesal Civil vuelve a poner sobre la mesa una deuda pendiente de nuestro sistema. Entre las razones que justifican su urgencia está el costo económico de la inacción. Un reciente estudio de Clapes UC estima que el país deja de percibir más de US$2.000 millones anuales por no reformar un sistema de justicia civil obsoleto. La cifra es elocuente, pero el impacto podría ser aún mayor: la OCDE estima que, en la mayoría de los países, la incapacidad de resolver problemas legales genera pérdidas de entre el 0,5% y el 3% del PIB.

Sin embargo, la urgencia de reemplazar un código de 1902 no es solo una cuestión de eficiencia económica. El acceso efectivo a la justicia civil es un pilar fundamental del Estado de Derecho, pues constituye una condición básica para hacer efectivos otros derechos. La justicia civil también habilita el desarrollo sostenible e inclusivo: sin acceso efectivo a ella, las metas en ámbitos como la salud y la vivienda resultan difíciles de alcanzar.

Ante todo, se trata de un imperativo democrático. Según la literatura, el acceso efectivo a la justicia es, en sí mismo, una forma de participación democrática, y el alejamiento de las personas de su propia ley no es solo un problema de política social, sino un fracaso de la democracia. En Chile, mientras los usuarios recurrentes del sistema —los “repeat players” de Galanter, como grandes empresas y el Estado— navegan el sistema con destreza, la ciudadanía se enfrenta a un modelo diseñado por y para abogados. A ello se suma que la evidencia muestra que los problemas legales se agrupan y desencadenan otros, generando círculos viciosos de necesidades jurídicas, económicas y sociales que afectan desproporcionadamente a los grupos más vulnerables de la población.

Pero el desafío es aún mayor. A nivel mundial, solo uno de cada diez conflictos legales llega a manos de jueces o abogados; cerca de la mitad no se resuelve y, entre los que sí se resuelven, apenas un 4% lo hace por decisión judicial. Esta brecha exige una arquitectura de cambio que trascienda los tribunales y el proceso judicial tradicional: una reforma que mire únicamente aquello que ocurre dentro de los tribunales seguirá dejando fuera del diseño de la justicia a cerca del 90% de la ciudadanía.

Lorena Espinosa Olguín

Académica Facultad de Derecho, Universidad Alberto Hurtado

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