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28 de julio, 2026 - 18h12

Un total de 2.769 alertas registradas por el dispositivo de vigilancia electrónica, 33 avisos por “pulsera quitada”, cinco por “salida ilegal” y un informe técnico que reportó la ausencia de un tornillo de seguridad forman parte de los elementos que la Fiscalía presentará desde este 29 de julio en el juicio contra el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez.

El denominado caso Grillete se convierte en el segundo proceso penal que llega a la etapa de juzgamiento para el burgomaestre. La audiencia fue convocada para el 29 y 30 de julio, así como para el 3 y 4 de agosto, en el Tribunal de Garantías Penales con sede en Durán, donde la Fiscalía acusa a Alvarez del presunto delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.

La diligencia estaba prevista inicialmente para el 27 de julio, pero fue diferida luego de que la defensa argumentara que los abogados patrocinadores debían intervenir en el juicio del caso Triple A. El Tribunal aceptó el pedido para garantizar el derecho a la defensa, aunque advirtió que no concederá nuevos diferimientos sustentados en la misma causa.

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¿Cómo nació el caso?

A diferencia del caso Triple A, en el que la Fiscalía investiga el presunto almacenamiento, transporte, comercialización o distribución ilegal de combustibles, el caso Grillete tiene su origen en un allanamiento realizado el 10 de febrero de 2026 en la vivienda de Aquiles Alvarez, dentro del caso Goleada.

Según el parte policial incorporado al expediente, durante esa diligencia los agentes constataron que el alcalde no portaba el dispositivo de vigilancia electrónica que le había sido impuesto como medida cautelar dentro del caso Triple A. El documento señala que el grillete se encontraba sobre el piso, junto a la cama, y que posteriormente Alvarez procedió a colocárselo en presencia del fiscal.

Con base en ese reporte, la Fiscalía abrió una investigación que culminó con el dictamen acusatorio presentado por la fiscal Lisset Barragán. El pasado 1 de julio, la jueza Karen Alarcón acogió ese dictamen y llamó a juicio al alcalde como presunto autor directo del delito investigado.

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La teoría del caso de la Fiscalía

Durante la audiencia preparatoria de juicio, la Fiscalía anunció 25 elementos de convicción para sustentar su acusación.

Entre ellos constan testimonios de agentes policiales y funcionarios del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad (SNAI), informes técnicos, pericias de audio y video, el reconocimiento del lugar de los hechos y el parte policial levantado durante el allanamiento.

Uno de los principales elementos corresponde a un informe del SNAI, según el cual el dispositivo de vigilancia electrónica generó 2.769 alertas desde que fue colocado a Alvarez en julio de 2025. De ese total, 1.515 correspondieron a eventos “offline”, 952 a “online”, 129 a ingreso de zona umbral, 128 a salida de zona umbral, 33 a “pulsera quitada”, cinco a “salida ilegal”, además de alertas por batería baja y llamadas de emergencia.

La acusación también incorpora un informe técnico elaborado el 11 de febrero de 2026, cuando el dispositivo fue retirado tras ordenarse prisión preventiva contra Alvarez dentro del caso Goleada. En esa revisión, funcionarios del SNAI señalaron que el grillete presentaba la ausencia de un tornillo que aseguraba el mecanismo metálico de cierre y dejaron constancia de una presunta manipulación del dispositivo.

Según la teoría del caso de la Fiscalía, Alvarez se habría retirado el grillete sin autorización judicial, incumpliendo una decisión legítima emitida por autoridad competente.

¿Qué dice la defensa?

La defensa del alcalde ha rechazado la acusación. El abogado Ramiro García sostuvo, tras la detención de Alvarez en febrero, que no existió incumplimiento alguno de la medida cautelar y aseguró que el dispositivo había sido retirado momentáneamente para cargar la batería, comparándolo con la carga de un teléfono celular.

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Asimismo, la defensa sostiene que las múltiples alertas registradas por el sistema responden a fallas técnicas del dispositivo y a problemas de conectividad previamente reportados por el propio SNAI debido a la baja cobertura existente en el domicilio del alcalde.

Durante la audiencia preparatoria de juicio también cuestionó que no dispuso del tiempo suficiente para revisar el expediente y objetó la actuación de la jueza que conoció la causa.

La audiencia será conocida por el Tribunal de Garantías Penales con sede en Durán, integrado por Smirnova Lariza Calderón Uria, Nebel Fabricio Viera Encalada y Carlos Walberto Churta Rodríguez.

Los jueces dispusieron que Aquiles Alvarez comparezca mediante videoconferencia desde el Centro de Privación de Libertad La Encuentro, en Santa Elena, donde permanece recluido por otros procesos penales.

Durante las cuatro jornadas previstas comparecerán los testigos anunciados por la Fiscalía, el SNAI —que actúa como acusador particular— y la defensa, antes de que el Tribunal emita su decisión sobre la responsabilidad o no del alcalde dentro del denominado caso Grillete.

(I)