El formulario I-485 es utilizado por determinados extranjeros que se encuentran en Estados Unidos y buscan obtener la residencia permanente mediante un ajuste de estatus. La posibilidad de presentarlo por internet no está disponible para todos los casos y depende de quién presenta la solicitud y de la petición migratoria subyacente.
Quiénes pueden presentar el I-485 de manera online
De acuerdo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés), los abogados y representantes autorizados pueden presentar el I-485 online —conocido como Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus— de manera simultánea con una petición I-130 o I-140.
También pueden hacerlo quienes presentan por cuenta propia una petición I-140 como trabajadores extranjeros, siempre que envíen ambos formularios de manera concurrente.
Quienes presentan el I-485 personalmente, pero no son autopeticionarios de una I-140, tienen un procedimiento diferente. Primero, el patrocinador debe enviar el I-130 o I-140 desde su propia cuenta de Uscis. Después de que se confirme la recepción de esa petición, el solicitante podrá tramitar el I-485 de manera online si cumple con los demás requisitos.
Qué documentos pueden acompañar al I-485 online
El sistema permite incorporar determinados formularios mediante archivos PDF. Entre ellos se encuentran:
Existe una consideración para quienes ya tienen un I-485 pendiente cuyo número de recibo comienza con IOE. En esos casos, los suplementos A y J pueden enviarse posteriormente por internet como solicitudes independientes.
El I-693 requiere atención específica. Si debe presentarse junto con el I-485 digital, el interesado tendrá que abrir el sobre entregado por el profesional certificado, escanear el formulario y cargarlo en la plataforma.
Los documentos originales y el sobre deben conservarse porque el Uscis puede pedir que se presenten como evidencia o revisar los originales durante una entrevista

I-765 y green card: cuándo el permiso de trabajo debe enviarse por correo
Quienes soliciten un permiso de trabajo mediante el I-765 bajo la categoría (c)(9) y pertenezcan a una categoría exenta del pago de tarifa no deben utilizar la carga de PDF del trámite online. El sistema puede exigir el pago correspondiente y el Uscis no devuelve ese dinero una vez presentado el formulario por esa vía.
Para conservar la posibilidad de solicitar la exención, el I-765 debe enviarse físicamente por correo a la dirección establecida para ese trámite. Antes de presentar el I-485 también es necesario comprobar que exista disponibilidad de una visa de inmigrante según el caso y revisar el boletín mensual.
I-485: qué cambia con la nueva edición desde el 18 de septiembre
La actualización del formulario tendrá una fecha determinante: 18 de septiembre. A partir de ese día, las versiones anteriores del I-485 serán rechazadas. Por ello, quienes preparen una solicitud deben comprobar que utilizan la versión vigente antes de enviarla.
El trámite puede realizarse por correo postal o, cuando el caso reúna las condiciones establecidas, mediante una cuenta del Uscis. La alternativa digital también permite consultar el estado del expediente.
Para utilizar los servicios online, cada solicitante debe contar con una cuenta individual. Las credenciales no deben compartirse con familiares, amigos u otras personas. Los menores de 14 años deben utilizar un perfil creado y gestionado por su padre, madre o tutor legal.

Cuenta de Uscis: los pasos para registrarse y presentar trámites online
El registro comienza en el portal myUscis y comprende los siguientes pasos:
Como último paso, el usuario configura cinco preguntas de recuperación y se selecciona el tipo de cuenta: solicitante, peticionario o representante legal. Finalmente, el Uscis envía un correo donde confirma que el registro fue completado.