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Es evidente que la accesibilidad de los ciudadanos a la vivienda es un problema grave, con unos precios subiendo a dos dígitos y una enorme escasez de oferta, especialmente en el mercado del alquiler. Pero esto no puede justificar el “todo vale” en política de vivienda. Las consecuencias de la inacción de los poderes públicos durante muchos años no pueden resolverse de un plumazo a base de ocurrencias de dudosa legalidad y efectos contraproducentes. Ya hace unos meses les hablé de mis enormes dudas sobre la prohibición de las llamadas “compras especulativas de vivienda”. Recuerdo que, como no entendía ni la economía de la medida ni el encaje en el ordenamiento jurídico, fui a una tertulia con Pablo Feu, promotor de la medida, para ver si se me estaba escapando algo. La breve parte económica de la charla mostró que el ponente tenía evidentes lagunas en su conocimiento del sistema hipotecario, aunque hay que reconocer que él mismo señaló que de economía no sabía mucho. Y cuando llegó la parte legal todo lo que había estudiado en derecho constitucional parecía que hubiera quedado desfasado: con una modificación de una normativa urbanística se pretendía limitar un elemento esencial de un derecho fundamental. 

Una de esas cosas que pensaba que solo podían ser modificadas por una ley, seguramente orgánica, en el Parlamento de Madrid. Para ser justos hay que decir que el conferenciante también tenía sus dudas, pero zanjó el debate con un “por lo menos está bien que se hable de esto”. En un sector sujeto a una constante inestabilidad regulatoria, con efectos muy negativos sobre la oferta, este argumento es insostenible.

El grave problema de la vivienda no puede justificar una política del “todo vale”

El dictamen del Consell de Garanties Estatutàries pone estas cuestiones blanco sobre negro. Admite la legitimidad del objetivo de atender el derecho a la vivienda, pero entiende que los instrumentos elegidos invaden competencias estatales y vulneran el marco constitucional. Los argumentos son, en lo esencial, similares a los esgrimidos en el informe de José Manuel Trayter (U. Girona) e Irene Araguàs (UB) o el más reciente de Sergio Nasarre y Héctor Simón (URV).

Esta propuesta sigue la estela de otras medidas “milagro” que han bordeado, o superado, los límites de la legislación vigente. Por lo general se justifican en la aplicación en otros sitios (París, Berlín, Ámsterdam, etc.) con una mezcla de complejo de inferioridad y principio de autoridad. Por desgracia, la justificación nunca menciona su impacto económico puesto que, como en el caso de la prohibición de compras especulativas en Rotterdam, es normalmente negativo en términos de los objetivos pretendidos. En este caso se podría añadir una justificación adicional: lo propone el mismísimo Trump. A finales de enero el presidente de Estados Unidos lanzó la idea de impedir que los compradores institucionales pudieran comprar viviendas (“la gente vive en las casas, no las corporaciones”). Si es una idea de Trump, ¡qué podría salir mal! Y cuando se hizo público el dictamen, se oyó un enorme suspiro proveniente del Palau de la Generalitat.